El exconseller José Juan Cardona, en una imagen de archivo.

TW
19

El juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Palma ha concedido al exconseller José Juan Cardona la libertad provisional, tras pasar en prisión ocho años y otros dos más en régimen de tercer grado. Cardona, que fue condenado a 16 años de cárcel por los delitos de asociación ilícita, malversación de caudales públicos y cohecho, ingresó en el centro penitenciario de Ibiza en 2013 y, a mediados de 2021, obtuvo el tercer grado penitenciario, que le permitía salir para realizar labores de voluntariado y trabajar.

José Juan Cardona se ha mostrado «muy contento» tras recibir el auto judicial. «Obtener la libertad condicional es importante», ha explicado, «te permite ir cerrando etapas». En su caso, además, ha sido una libertad condicional «ganada» porque, al margen de su buena conducta y de otros condicionantes, ha tenido que presentar un recurso porque la primera decisión judicial fue la de denegarle el acceso a esta régimen. «Mi alegría es doble», ha señalado, «tengo la libertad y, además, he tenido que ganármela con un recurso. Y tengo la satisfacción de ver que los juzgados son de garantías». Cardona ha señalado que, en su caso, se trata de una «libertad condicional adelantada», fruto de su expediente, su conducta y de su «manera de actuar». «A partir de ahora», ha concluido, «vida normal y a trabajar».

Cardona trabaja en una asesoría y colabora con otras empresas, además de formar parte de la junta directiva de Cáritas Ibiza. Según el auto de libertad condicional, al que ha tenido acceso Periódico de Ibiza y Formentera, el también expresidente del PP de Ibiza y Formentera deberá someterse a ciertos controles. Así, los servicios sociales del centro penitenciario ibicenco deberán hacer un seguimiento mensual. El exconseller tendrá que mantener la actividad laboral y necesitará autorización de la Junta de Vigilancia Penitenciaria para viajar fuera de España. Finalmente, José Juan Cardona tendrá que seguir abonando el pago de la responsabilidad civil al que fue condenado y tal y como ha venido haciendo todos estos años.

Cardona solicitó la libertad condicional el pasado mes de abril. Su abogado, José María Roig Vich, argumentó, entre otras cuestiones, que desde 2020 ejercía labores de voluntariado en Cáritas tres días por semana. En febrero de 2021 se le permitió mantener el segundo grado con «aspectos propios» del tercero con el fin de que pudiera trabajar y con la condición de que abonara «al menos el 15% de su nómina en concepto de satisfacción de la responsabilidad civil». En ese mismo mes, el exconseller fue excarcelado aunque tenía que ir a dormir a prisión. Ya en julio de 2021, Cardona obtuvo el tercer grado, que le permitía pasar fuera de prisión los fines de semana y días festivos así como un cupo de 20 jornadas de permisos durante el segundo semestre del año. Para entonces, ya había cumplido la mitad de la condena que le fue impuesta.

Noticias relacionadas

En su petición de libertad condicional, el abogado Roig Vich expuso cuestiones como que durante el periodo del segundo grado, Cardona había tenido una «buena conducta» que había quedado acreditada tanto en su expediente penitenciario como «en su cerca de un centenar de recompensas». En régimen de semilibertad, además, «no ha existido el más mínimo incidente» y se ha volcado en su trabajo en Cáritas, de cuya junta directiva forma parte desde septiembre de 2022. A esto se suma que no ha fallado en el pago de la responsabilidad civil a la que fue condenado y que mantiene con total normalidad su actividad laboral.

A lo largo de su vida en prisión, José Juan Cardona ha trabajado prácticamente desde el principio. Así, tras dos semanas en el área de limpieza del centro penitenciario de Ibiza, en enero de 2014 pasó a prestar sus servicios en la biblioteca, donde se mantuvo hasta el 31 de mayo de 2020. Fue entonces cuando comenzó a trabajar como voluntario en Cáritas tres días por semana. En octubre de aquel año solicitó permiso para tener un trabajo remunerado pero le fue denegado porque el centro estaba «en cuarentena». Dos meses más tarde, volvió a pedirlo sin obtener respuesta. El 12 de febrero de 2021 fue excarcelado y tres días más tarde «ya estaba trabajando».

Sorprendentemente, la primera petición de libertad condicional le fue denegada pues, a pesar de contar con el informe a favor del psicólogo de la prisión, el educador se pronunció en contra pues consideraba que Cardona no había reconocido los hechos por los que fue condenado y esto le llevaba a augurar que tenía un riesgo de incidencia delictiva «medio alto», a pesar de que el exconseller tiene una condena de inhabilitación para cargo público de casi 19 años. Este argumento fue aceptado por el juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Palma, que desestimó la petición de Cardona.

Ante este auto, el exconseller recurrió basándose en que está inhabilitado hasta 2032, una fecha en la que ya tendrá 72 años. «No se entiende, pues, que se afirme que existe un riesgo medio-alto de reincidencia si, como es evidente, esta es imposible por imposición de la propia sentencia condenatoria», señaló su abogado en el recurso. Un recurso en el que Roig Vich, además, recordó que otra política también condenada, Maria Antònia Munar, accedió al tercer grado porque, precisamente, por su edad y por no ostentar ningún cargo público, «será muy difícil que se dé una reiteración delictiva».

Y ha sido este recurso el que ha permitido a José Juan Cardona acceder a la libertad condicional pues el juez considera que no existe riesgo de reincidencia dado que el exconseller está inhabilitado hasta 2032. Añade que tiene los requisitos para acceder a la libertad condicional adelantada porque, además, no se ha observado mala conducta y presenta «un pronóstico favorable de integración social». El juez pone el dedo en la llaga al apuntar que es el educador el que se opone a la libertad condicional de Cardona a pesar de que el psicólogo considera que, aunque no ha reconocido haber cometido los delitos por los que fue condenado, sí que «acepta la sanción penal con todo lo que ello implica como responsable último de las acciones de sus subordinados».