En 2005 se firmó un convenio para recalificar los terrenos colindantes al campo de futbol, a la vez que se compró una parcela para ampliar las instalaciones deportivas.

TW
7

La Justicia ha dado la razón al Ayuntamiento de Es Migjorn Gran y le libra de pagar 2,7 millones de euros por un acuerdo de expropiación de unos terrenos lindantes al campo de fútbol, que no se llegó a ejecutar.

El Jurado Provincial de Expropiación no ha admitido la reclamación de un particular que reclamaba al Ayuntamiento el pago de 2,4 millones, más los intereses de demora de los últimos tres años subiendo la cifra demandada a 2,7 millones.

El caso se remonta a 2005, cuando el entonces alcalde Pere Riudavets firmó un convenio con el propietario de la finca de Son Pons para recalificar 8.172 metros cuadrados como equipamiento social o deportivo. Al mismo tiempo el Ayuntamiento compró parte de estos terrenos, concretamente unos 5.000 metros cuadrados, para ampliar la instalación deportiva.

El acuerdo incluía una cláusula resolutoria que en el caso de que si en 10 años la finca no se destinaba en su integridad a equipamiento social o deportivo o se cambiaba su calificación al uso comercial o residencial se ejecutaría la expropiación de esos 3.000 metros restantes.

En 2014 la propiedad informó al Ayuntamiento su intención de instar la expropiación de los terrenos, algo que finalmente no hizo hasta en julio de 2020, cuando presentó su propia hoja de aprecio al Jurado Provincial con la petición de los 2,4 millones, más los intereses de demora.

El órgano colegiado de la Administración del Estado solicitó reiteradamente documentación urbanística al consistorio, que pudo dar respuesta en abril de 2023, después de haber conseguido cubrir la plaza vacante en la Secretaría municipal, informa el Consistorio a través de un comunicado.

El Ayuntamiento alegó en su día que «no existe, motivadamente, ninguna causa formal y objetiva para requerir la expropiación», argumentando que el planeamiento urbanístico en vigor «otorgan directamente a la finca un aprovechamiento urbanístico patrimonializable», lo que significa que los terrenos son edificables por parte del propietario, si solicita la licencia. Con todo, considera que la expropiación «no es aplicable» y «la reclamación resulta improcedente y hay que archivar el procedimiento».

En la sentencia del Jurado Provincial de Expropiación, presidido por la magistrada María del Pilar Fernández, da la razón al Ayuntamiento por unanimidad de sus siete miembros, y no admite la petición de justiprecio. A partir de ahora el propietario tiene un mes de plazo para interponer un recurso de reposición en la sentencia del Jurado.

La alcaldesa Antònia Camps se ha felicitado por el fallo y ha lamentado que la «mala gestión» de Pere Riudavets al frente del Consistorio y lamenta que «los terrenos en cuestión no se hayan expropiado mucho antes y a un precio más bajo», ya que «a día de hoy serían propiedad del municipio».