Los patinetes eléctricos son una tendencia al alza en los municipios de la Isla. | Josep Bagur+

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Los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal menos habituales deberán conducirse con un casco homologado, a partir de los 15 años de edad y previa contratación de un seguro de responsabilidad civil en Maó, Sant Lluís y Es Castell. Así se dispone, entre otros requisitos, en la ordenanza municipal unificada que esta semana prevén aprobar inicialmente los dos primeros, y en el pleno de noviembre el tercero. Los tres ayuntamientos han trabajado durante los últimos meses para disponer de un texto común.

La propuesta de ordenanza, presentada ayer de forma conjunta por las tres administraciones, contempla una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora para este tipo de vehículos, que se reduce en determinadas vías como los carriles bici (20 kilómetros por hora) y los paseos de tierra (10 kilómetros por hora). Los patinetes eléctricos no podrán circular por las aceras y por las calles de uso exclusivamente peatonal, salvo que se autorice excepcional y explícitamente por parte de cada respectivo Consistorio. Dos casos de excepción serían, por ejemplo, para facilitar el enlace entre dos tramos de carril bici o en la Vía Ronda de Maó, puesto que la nueva normativa establece que los patinetes eléctricos tampoco podrán circular por la calzada de calles donde la velocidad máxima general autorizada supere los 30 kilómetros por hora.

A un metro

En aceras explícitamente autorizadas, carriles bici ubicados en aceras o calles residenciales, la velocidad máxima será la propia de un peatón, no más de siete kilómetros a la hora. La distancia con los viandantes deberá siempre ser de al menos un metro. La ordenanza cuenta con un régimen sancionador que establece multas que pueden alcanzar los 500 euros, en el caso de infracciones muy graves, como será circular sin seguro o exceder en más de un 50 por ciento la velocidad máxima permitida.

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