El incidente que colmó el vaso se produjo en la Intermodal cuando, a la salida, una barrera se cerró sobre el autobús y provocó daños en la carrocería. | P. Lozano

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La Sala de lo Social del TSJIB ratifica el despido de un conductor de autocar de la TIB por ser un peligro para los usuarios después de que, en apenas cinco meses, protagonizara seis siniestros diferentes y recibiera otras tres sanciones más por otros incumplimientos.

La gota que colmó el vaso fue un episodio ocurrido en agosto de 2021 en la Estación Intermodal de Palma. A primera hora de la mañana, el conductor guiaba un autocar a la salida. Lo hizo detrás de otro, de tal modo que las barreras se cerraron a la mitad del paso de su vehículo. Con el golpe a la carrocería, paró el vehículo en seco y se marchó sin dar cuenta del incidente: la barrera quedó destrozada.

Antes de este incidente, el mismo conductor había recibido ocho sanciones diferentes. Solo tres no se corresponden con siniestros: dos son por llegar media hora tarde en días consecutivos al trabajo y provocar así un retraso en la cabecera de la ruta y la tercera por no hacer un de las paradas previstas en el recorrido en el Port d’Andratx. El resto son cinco pequeños accidentes que provocaron distintos daños en la carrocería de los autocares que conducía: en uno roza contra un árbol cuando hacía el trayecto Son Caliú-Palma; en otro roza el lateral del autocar con el bordillo en un tercero es contra una pared. Todos ocurrieron entre marzo y agosto de 2021 cuando había sido llamado para incorporarse a la empresa concesionaria de las rutas, Moventis Illes Balears S.L., para la que trabajaba como fijo discontinuo.

Todos esos episodios fueron acompañados por expedientes disciplinarios y suspensiones de empleo y sueldo crecientes: de cinco a sesenta días. Ninguna de ellas fue protestada por el trabajador. La última dio lugar al despido como sanción al mantener de forma repetitiva «una conducta que pone en riesgo la seguridad del pasaje que hace uso del transporte público».

El chófer presentó una demanda contra el despido disciplinario y negaba parte los motivos del despido. Sin embargo, los argumentos de su representación legal son descartados ante la «clara voluntad transgresora de las obligaciones del contrato». El TSJIB considera que se trata de una «actuación intolerable puesto que conllevaba incluso el riesgo para el pasaje y no solo respecto a los daños causados». También valora que la actuación de la empresa fuera imponer de entrada sanciones menos graves para intentar reconducir la situación pero sin éxito, por lo que desestima de forma íntegra el recurso contra la sentencia del juzgado de lo Social.