El Seprona es uno de los organismos que forma parte del plan de actuación Cambal. | Alejandro Sepúlveda

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El vertido de pellets que llegó a Galicia el pasado diciembre ha hecho saltar las alarmas en todo el país. Desde hace un mes los gallegos se organizan para limpiar las playas de estas pequeñas bolas de plástico. Se les han sumado los cántabros y asturianos, ya que las corrientes de agua han trasportado la marea blanca hasta sus costas. La comunidad autónoma tiene la competencia de gestionar la emergencia y de aplicar un plan específico de protección civil. En el supuesto de que sucediera algo similar en las costa balear se tendría que poner en marcha el Plan Específico de Contingencias por Contaminación Accidental de Aguas Marinas de Baleares (Cambal), que lleva en vigor desde noviembre de 2008.

En nuestro caso, el principal responsable que debe gestionar dicho plan es la Conselleria de Presidencia y Administraciones Públicas, apoyada por un Comité Técnico Asesor, y operando desde el Centro de Coordinación Operativa (Cecop). Este organismo cuenta con los medios humanos y técnicos para llevar a cabo las funciones de dirección y coordinación de los recursos y entre sus competencias destacan hacer el seguimiento de la situación, establecer objetivos e informar sobre la emergencia a las autoridades competentes.

Si bien es un Plan pensado para contaminación de nuestras costas a consecuencia de vertidos líquidos, bien sea desde el mar hacia la costa, o desde una instalación en tierra con vertido al mar a través de un torrente o directamente, también puede usarle en situaciones de un vertido o contaminación sólida como es el caso de los 'pellets'.

A parte de todo el operativo que pueda aportar la Comunidad Autónoma existen planes de contingencia y actuación frente a este tipo de situaciones tanto a nivel nacional como en cada uno de los puertos de las Baleares que disponen de medios para ayudar a contener los efectos del vertido. Dependiendo del tipo de emergencia intervienen grupos de acción en tierra, de acción en el mar, o ambos. En el primero entrarían Ibanat, brigadas municipales, Seprona y la Autoridad Portuaria, entro otros. En el segundo se encontrarían, por ejemplo, Sasemar, SAR o GEAS.

Asimismo, existe un grupo técnico formado por personal profesional de las Consellerias pertinentes, de Emergencias, Imedea, el Instituto Oceanográfico, Demarcación de Costas, Delegación de Gobierno, el Centro Meteorológico Zona Baleares, las empresas de servicios básicos, especialistas y empresas afectadas o responsables. En conjunto, son los encargados de determinar y planificar las medidas necesarias para neutralizar la emergencia o mitigar sus consecuencias y restablecer la normalidad después de los daños que se hayan producido.

Ante una situación de vertido de residuos inocuos, como son los 'pellets', tanto el grupo de acción en tierra como en mar deberán limpiar la zona afectada, recoger y guardar temporalmente los materiales contaminantes y emitir informes para la dirección del Plan.

En caso de contaminación accidental se debe trasmitir lo antes posible la alarma a todos los organismos implicados. En concreto, para el supuesto de los pellets, desde el Centro de Coordinación de Emergencias 112 se avisaría al Centro de Coordinación de Salvamento de Sasemar o en su defecto al Centro Nacional de Salvamento Marítimo, ya que se trataría de un vertido de productos contaminantes en el mar e inmediaciones tras el aviso del barco de haya tenido la fuga.

Las fases de la emergencia son tres: prealerta, alerta y emergencia. La primera se establece cuando se produce a más de 12 millas de la costa un accidente de barco que trasporta material contaminante y que puede producir contaminación costera o en aguas adyacentes. La segunda se decreta cuando el accidente se produce en una instalación que guarda, manipula o trasporta material contaminante y puede producir contaminación marina a menos de 12 millas de la costa. Por último, la emergencia se marca cuando tiene lugar una fuga importante de sustancias contaminantes en el mar, independientemente de cuál sea su origen y esta pueda llegar o haya llegado a la costa.

Una vez se está en la fase de emergencia, se debe determinar su nivel. En este caso, como bien ha sucedido en Galicia, se establecería el Nivel 2, ya que la contaminación afecta o puede afectar una franja de tierra muy extensa, una zona especialmente vulnerable o ambos supuestos. Si la contaminación en el mar puede afectar o afecta tierra, en una zona localizada, una zona vulnerable o las dos, se determinaría el Nivel 1.

La situación no se dará por normalizada hasta que se cumpla el criterio general de que las zonas prioritarias estén descontaminadas. En todos los casos se busca la máxima coordinación entre las administraciones competentes en el mar, la costa y el litoral.