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La Conselleria de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca ha anunciado un nuevo Plan Hidrológico balear adaptado a la normativa a finales de 2017, tras aseverar que el aprobado el pasado mes de julio incumple algunos preceptos de la Directiva Marco del Agua que son motivo de sanción por parte de la Unión Europea.

Así lo ha puesto de manifiesto el conseller, Vicenç Vidal, quien ha presidido este lunes el primer Consejo Balear del Agua de la legislatura, el máximo órgano el órgano de consulta, participación y planificación en materia de aguas en el ámbito de las islas.

Vidal ha informado así del acuerdo del Consell de Govern, del pasado 24 de julio, por el que se ordena la revisión anticipada del Plan Hidrológico aprobado por Real Decreto 701/2015 de 17 de julio.

Por su parte, la directora general de Recursos Hídricos, Joana Garau, ha apuntado a una "falta de coherencia entre el estado de las masas y los objetivos y las medidas del plan, la ausencia de medidas de recuperación de costes del ciclo integral del agua, así como la falta de la actualización del estudio de presiones y de los estudios de estado de las masas".

Mientras tanto, en el Consejo Balear del Agua también se ha dado cuenta del estado de tramitación del Plan de Gestión del Riesgo de Inundaciones, actualmente en fase de información pública y de los contenidos del Decreto ley de sequía de Ibiza por el cual se adoptan medidas urgentes y excepcionales para paliar y corregir sus efectos.

De acuerdo con los índices publicados la situación hidrológica de Ibiza es de alerta de sequía y las medidas previstas consisten en la reducción de volúmenes de extracciones en un 15 por ciento, excepto en la Agricultura que se sitúa en el 10 por ciento y en el abastecimiento que no sufrirá restricciones.

De igual modo, los ayuntamientos estarán obligados a hacer estudios de detección de fugas y, en caso de que sean elevadas, tendrán que llevar a cabo un plan de actuación que validará la dirección general de Recursos Hídricos y la habilitación del presidente de la Junta de Gobierno de la Administración Hidráulica para resolver cambios de uso que se tramitarán de urgencia.

Las obras necesarias para este cambio de uso se considerarán de utilidad pública y de urgente necesidad.