La infanta Cristina durante una rueda de prensa el año 2009, poco después de conocer la intención del juez de imputarla por el caso Nóos. | Reuters

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Manos Limpias, que ejerce la acusación popular en el caso Nóos, ha recusado a los magistrados de la Audiencia de Palma Diego Gómez Reino y Mónica de la Serna en la resolución del recurso de la infanta Cristina contra su imputación, por entender que ya han manifestado parcialidad en esta causa.

El sindicato ha formulado recusación contra dos de los tres jueces de la sala que deben resolver los catorce recursos al auto de finalización de la instrucción del caso Nóos, entre los que se incluyen los que piden la exoneración de la infanta, imputada por delitos fiscales y de blanqueo.

Según Manos Limpias, los dos magistrados «han manifestado interés directo e indirecto en el procedimiento» respecto a la infanta y «parcialidad», y «existe una gran sombra objetiva de sospecha de su falta de imparcialidad, materializada en su resolución del 7 de mayo de 2013».

Los jueces Gómez-Reino y De la Serna formaban, junto con Juan Jiménez, el tribunal que dictó el auto en el que la Audiencia de Palma suspendió la imputación de doña Cristina propuesta por el juez del caso Nóos, José Castro, y apuntó nuevas líneas de investigación sobre presuntos delitos contra la Hacienda Pública y blanqueo por parte de la duquesa de Palma.

En aquella ocasión, el magistrado Jiménez emitió un voto particular favorable a que la infanta prestara declaración como imputada para aclarar su actuación en el Instituto Nóos y la empresa Aizoon como supuesta cooperadora necesaria o cómplice en los delitos supuestamente cometidos por Iñaki Urdangarin y Diego Torres.

Manos Limpias pide que Gómez-Reino y De la Serna sean apartados y sustituidos por otros dos jueces en la deliberación sobre el recurso presentado por la infanta, porque «intervinieron en la fase instructora en la decisión, por medio de su polémico auto del 7 de mayo de 2013, y decidieron la desimputación de la infanta».

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Las imputaciones suspendidas se referían a los presuntos delitos de malversación, prevaricación, fraude a la administración y falsedad documental, bien como autora o como cooperadora necesaria, en el seno del Instituto Nóos.

Según Manos Limpias, la causa de recusación es que ambos magistrados incurren en el supuesto número 11 del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), por haber participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia.

La entidad afirma en su escrito que «en un caso tan sensible para el Estado español», ambos jueces son «los magistrados que nunca debieran decidir nuevamente sobre tan importante recurso de apelación respecto a la infanta», resolución que Manos Limpias considera «recurso definitivo en esta cuita».

Según Manos Limpias, no se debe permitir que «ninguna sospecha recaiga sobre ninguno de los magistrados que van a resolver el recurso de apelación pendiente de la infanta».

El sindicato manifiesta su disconformidad con el auto en el que se suspendió la imputación de la hermana del Rey y cuestiona «cómo la infanta Cristina pudo ser desimputada y sin embargo Ana María Tejeiro (esposa de Diego Torres), con una implicación similar, nunca lo fue».

Manos Limpias también considera «una violación de la legalidad» y una «operativa inadmisible» que el presidente de la Audiencia de Palma, Carlos Gómez, designara al magistrado Gómez-Reino ponente único para la resolución de los catorce recursos.

La secretaria judicial de la sección segunda de la Audiencia de Palma respondió el pasado lunes y rechazó el recurso de Manos Limpias sobre este asunto porque la decisión no infringe la LOPJ ya que no se refiere al reparto de asuntos, sino a la distribución de las ponencias.