Aldina Fum Aldina Fum | Hace 30 días

"El Consorcio envía hasta un máximo de doce multas coercitivas, momento en el cual el ente debe hacerse cargo de la ejecución subsidiaria de la orden, lo que deriva en un embargo y en la contratación de una empresa para que ejecute la demolición." O sea, que al final, como siempre, lo pagamos nosotros... Y eso de la autonomía financiera no sé de dónde lo sacan, yo no lo veo... deberían cobrar a la primera...

user Kapak | Hace un mes

VayaCagadaFoteuEntonces, te contradices a ti mismo. Lo que sugieres es lo mismo que han hecho miles de personas convirtiendo casetas de aperos en chalets...una ilegalidad. Pero lo que decias al principio de que puedes construir vivienda con 100.000 m2 es falso. Puedes hacer ilegalidades. Con 100.000, con 1000 o con 1.000.000 de m2. Pero siguen siendo ilegalidades.

VayaCagadaFoteu VayaCagadaFoteu | Hace un mes

KapakAunque pierdas el agroturismo, nadie te obligará a demoler el edificio que ya está en pié, aunque no lo habilites legalmente cómo vivienda, puedes usarlo como tal, no hay regulación para evitarlo (ni debería haberla). Me sorprende el conocimiento que tienes de la regulación insular y el enfoque inocente que le pones... cuantas personas viven en "habitaciones" de uso agrario actualmente? se cuentan por miles en Menorca. Y sabes perfectamente, quien tiene dinero, tiene la forma de hacerlo, aunque sobre el papel diga que es un agroturismo. La prohibición solamente es efectiva en las personas de clase más baja que no pueden permitirse hacer estos proyectos y comprar estas extensiones.

user Kapak | Hace un mes

VayaCagadaFoteuEso es falso también. Si construyes un edificio con uso agricola no puedes cambiarle el uso a vivienda. Es una infracción urbanística muy grave. La unica manera es si sacas licencia para agroturismo, en una parte de las construcciones agrarias, siempre que se hayan construido antes de un año concreto (ahora de memoria no recuerdo si 2012 o 2018) puedes cambiarlo a habitaciones, pero teniendo el uso de agroturismo, con un maximo de 12 plazas y aun asi, tienes la vivienda del payes. Las habitaciones no son una vivienda y no puede construirse un edificio nuevo para convertirlo en habitaciones. Con la Norma Territorial Transitoria, se podia ampliar un edificio, pero no construir nuevo. Y ahora ni eso. Y para un agroturismo no necesitas 100.000 m2. Necesitas una exploración agraria preferente, con un payes a media jornada demostrable con una memoria de un ingeniero agronomo y 21.000m2. Y si pierdes la explotación agraria, pierdes el agroturismo Así que seamos serios y dejemos de inventar cosas

VayaCagadaFoteu VayaCagadaFoteu | Hace un mes

KapakLo que dices es cierto, pero esa normativa no aplica en muchos casos. Basta con demostrar una actividad agraria de forma TEMPORAL, que puede ser una plantación de olivos, por ejemplo. Una vez demostrada esta actividad, y habilitado el uso agrario de la vivienda, ya puede disponerse para el uso que uno quiera. Demostrada la actividad agraria, se supera la incompatibilidad con el PTI, la normativa queda en manos del PGOU del ayuntamiento en cuestión, y el resultado es lo que te he explicado antes. No voy a dar nombres de fincas, pero insisto, en poniente hay varias, solo tienes que buscar olivos...

user Kapak | Hace un mes

VayaCagadaFoteu¿Edificaciones o viviendas? Porque no es lo mismo un bouer que un chalet. Si te refieres a vivienda, te lo digo así de claro: ES MENTIRA. Bueno, que se hayan construido o no, no lo se. Lo que es mentira es que se hayan construido legalmente porque tienen 100.000 m2 de terreno. Te reto a que me digas una. Pero no podras, porque es totalmente falso ya que no se puede construir. El artículo 83 del PTI indica claramente que la construcción de vivienda de nueva planta está prohibida, al igual que la matriz del Anexo I (yo si me he leido la normativa, que para algo trabajo de esto).

VayaCagadaFoteu VayaCagadaFoteu | Hace un mes

KapakNo sé si lo dices por maldad o por ignorancia. O simplemente porque eres parte de la izquierda pseudo progre que favorece a los ricos. No voy a bares y me dedico al sector. Hay varias edificaciones en Ciutadella que se han construido bajo este criterio, en el último año.

user Kapak | Hace un mes

VayaCagadaFoteuMi único interés es desmentir a gente que no se ha mirado una normativa en su vida y va esparciendo bulos que ha escuchado en la barra de un bar, porque uno que conoce a otro, que dice que tiene un primo, que tenia un cuñado...que con 100.000 m2 construyo una vivenda el año pasado. Falso. Eso, con las normas actuales de Menorca, no se puede hacer.

user Kapak | Hace un mes

VayaCagadaFoteuEl que no tienes ni idea eres tu. Has escuchado trompetas y no sabes de donde suenan. La frase de "con 100.000 m2 se puede construir" es de barra de bar, y falsa. El PTI esta por encima del PGOU de Ciutadella. Y no, aunque tengas 100.000m2 en rústico, no puedes construir una vivienda. Otra cosa es que si tienes varias viviendas ya construidas en un mismo "lloc" se puedan segregar esas viviendas manteniendo una finca mínima de 100.000 m2 para cada una de ellas. Y si son construcciones agrarias, puedes construirlas con mucho menos de 100.000 m2. Te repito lo que te he dicho antes. Leete la normativa antes de hablar de oidas

VayaCagadaFoteu VayaCagadaFoteu | Hace un mes

Kapakme pregunto qué intereses tienes en defender esto...